Concepto 0417 de 2022 – Los Peritos Contables Deben Ser Contadores Públicos

A través del concepto en mención, El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), precisó que: ”…es el contador público quien actúa como auxiliar de la justicia en los casos en que señala la ley, como perito expresamente designado para ello, cuya experticia consiste en el manejo de las técnicas que soportan la contabilidad en Colombia y en consonancia con el artículo 38 de la citada Ley 43 de 1990”. (Negrilla fuera del texto)

A continuación el concepto emitido por la entidad donde se resuelve la consulta teniendo en cuenta la normatividad relacionada con el caso.

Corrección Voluntaria De La Documentación Comprobatoria De Precios De Transferencia Teniendo Un Requerimiento Especial Proferido Por La Administración Tributaria

Mediante sentencia,  el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, ratificó la prohibición que tiene un contribuyente al momento de querer corregir voluntariamente la documentación comprobatoria de precios de transferencia si la administración tributaria ya le ha proferido un requerimiento especial sobre la declaración de renta del año al que corresponde dicho estudio. Ya que las modificaciones que se llegaran a efectuar deben atender a los planteamientos presentados por la administración tributaria en el requerimiento

Sentencia de Precios de Transferencia Declara Nulidad de Conceptos de la DIAN sobre Presentación Extemporánea del Informe Maestro

Compartimos la Sentencia emitida por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, en la cual se declara la nulidad de los Conceptos Nros. 100208221-784 del 2 de julio de 2020 y 100208221-1152 del 28 de julio de 2021, y el numeral II del Concepto Nro. 100202208-338 del 24 de septiembre de 2021, proferidos por la DIAN, en los cuales se concluía que por la presentación a tiempo del Informe Local y la presentación extemporánea del Informe Maestro procedía la sanción estipulada en el numeral 4 del literal A del artículo 260-11 del Estatuto Tributario.