Sanción por Omisión de Información en la Presentación de la Documentación Comprobatoria de Precios de Transferencia

Mediante el Concepto 686 del 16 de Agosto de 2024 emitido por la DIAN, se da respuesta a la aplicación de la sanción contenida en el artículo 260-11 del Estatuto Tributario literal A numeral 4 literal b):

”4. Sanción por omisión de información en la documentación comprobatoria. Cuando en la documentación comprobatoria se omita información total o parcial relativa a las operaciones con vinculados, habrá lugar a una sanción equivalente a:

b) Cuando la omisión no corresponda al monto de la operación, sino a la demás información exigida en la documentación comprobatoria, la sanción será del dos por ciento (2%) del valor de la operación respecto de la cual no se suministró la información”.

En el concepto se considera una situación específica y es la omisión de la presentación de los Estados Financieros anuales consolidados del Grupo Multinacional que hacen parte del Informe Maestro, por lo que se cita la sanción aplicable en esos casos.

Encuentre el detalle aquí:

Concepto DIAN 00686_2024 – Sanción por Omisión – Informe Maestro