Corrección Voluntaria De La Documentación Comprobatoria De Precios De Transferencia Teniendo Un Requerimiento Especial Proferido Por La Administración Tributaria

Mediante sentencia,  el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, ratificó la prohibición que tiene un contribuyente al momento de querer corregir voluntariamente la documentación comprobatoria de precios de transferencia si la administración tributaria ya le ha proferido un requerimiento especial sobre la declaración de renta del año al que corresponde dicho estudio. Ya que las modificaciones que se llegaran a efectuar deben atender a los planteamientos presentados por la administración tributaria en el requerimiento.

CEst_Sec4_23751_2022 Imposibilidad de corregir la DC despues del RE